Condiciones
- No estar trabajando como artista intérprete audiovisual.
- Se asignará por un período de tres (3) meses consecutivos.
- El beneficio será de 35% de un SMLMV para socios de baja participación, 50% para media y 75% para fundadores o alta.
- Si no hay suficiente presupuesto se aplicará la ficha de priorización (60%) y la valoración del caso por la trabajadora social (40%) para los socios con alta y media participación.
- Si no hay disponibilidad presupuestal para los socios de baja participación, se tendrá en cuenta la valoración del caso realizada por la trabajadora social.
- Podrá acceder varias veces: por segunda vez, 12 meses a partir del último desembolso; por tercera, 18 meses; por cuarta o más, 24 meses.
- Si el socio informa su vinculación a una producción antes del primer desembolso, no operarán las restricciones de tiempo anteriores.
- El Subsidio de Desempleo es excluyente del Subsidio para Adulto Mayor.
- Ficha de priorización (máximo 100 puntos): participación en la Asamblea —presencial, 20 pts; por poder, 10; no asistió, 0—. Tiempo de inactividad laboral —más de 15 meses, 15 pts; entre 10 y 15, 5; entre 4 y 9, 0—. Categoría de participación —alta, 25; media, 10; baja, 5—. Promedio de ingresos netos de los últimos 4 meses —sin ingresos, 20 pts; menos de 2 SMLMV, 15; entre 2 y 4 SMLMV, 0—. Veces que se le ha otorgado —ninguna, 20; 1 vez, 10; 2 o más, 0—.
Monto según tu participación
0.35
Baja participación
SMLMV · $568.225
0.5
Media participación
SMLMV · $811.750
0.75
Alta o fundador
SMLMV · $1.217.625
Tu categoría la define tu participación en obras y tu recaudo acumulado.
Mensual, por un periodo de tres (3) meses consecutivos.
Requisitos
Esto es lo que hay que presentar. Los formatos los entrega el área de Bienestar Social y se descargan desde aquí.
-
Haber tenido ingresos netos como artista intérprete audiovisual inferiores a cuatro (4) SMLMV durante los últimos cuatro (4) meses
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Formato de solicitud diligenciado y firmado
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Declaración juramentada
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Tiempo de inactividad laboral como artista intérprete audiovisual
-
Historia laboral del fondo de pensiones no mayor a 30 días
Únicamente para socios mayores de 25 años
No se pide junto con
Estos beneficios son excluyentes con este: se recibe uno o el otro, no los dos.
Cómo se pide
- Entra a tu cuenta de socio y abre la sección de Bienestar.
- Reúne los documentos de la lista y diligencia el formato de solicitud.
- Radícala. Bienestar Social revisa los soportes y puede devolvértela si falta alguno.
- El Comité Asistencial estudia el caso y decide; el Consejo Directivo ratifica.
- La respuesta te llega a tu cuenta, con el detalle de lo aprobado.
La letra pequeña. El otorgamiento de cualquier ayuda del Plan General Asistencial está sujeto a la
disponibilidad presupuestal y a la decisión del Comité Asistencial: ninguna ayuda asistencial es un
derecho adquirido. Lo que aquí se resume es el plan 2026 y puede cambiar cuando la
Asamblea apruebe el siguiente.