Recibes lo que es tuyo
La Ley 1403 de 2010 —la Ley Fanny Mikey— reconoce una remuneración por cada vez que tu interpretación se comunica públicamente. Nosotros la cobramos y te la giramos.
Solicitud de afiliación
Si actuaste en cine, televisión o contenidos audiovisuales que se emitieron, tu trabajo ya está generando dinero. Nosotros lo recaudamos y te lo entregamos. Aquí empieza.
Por qué afiliarte
La Ley 1403 de 2010 —la Ley Fanny Mikey— reconoce una remuneración por cada vez que tu interpretación se comunica públicamente. Nosotros la cobramos y te la giramos.
Tenemos acuerdos de representación recíproca con sociedades homólogas en España, Argentina, Chile, Perú, Ecuador, México, Italia e Inglaterra.
El 10% de lo que se recauda va a programas para los socios: seguridad social, subsidios de maternidad y paternidad, formación y apoyos.
Talleres, castings, master class y actividades culturales, con cupo para socios. Es tuyo y está abierto.
Cada pago llega con su liquidación: de dónde salió y qué se dedujo. La administración no puede pasar del 20% del recaudo anual, y eso está en los estatutos.
Participas en la Asamblea General. Las reglas de reparto las decide la sociedad, y la sociedad son sus socios.
Antes de empezar
Actores S.C.G no admite miembros de otras sociedades homólogas que no hayan renunciado expresamente a ellas. No es una decisión nuestra: viene de la Decisión Andina 351 de 1993, artículo 45, literal k), y solo aplica a las sociedades de la comunidad andina —Colombia, Perú, Ecuador y Bolivia—. Si es tu caso, te pediremos el soporte de tu renuncia.
Cómo funciona
Los subes uno a uno, cuando puedas. No hace falta tenerlos todos el mismo día: la solicitud se guarda y vuelves cuando quieras.
En máximo 3 días hábiles, documento por documento. Si hay que corregir alguno te decimos cuál y por qué, y reenvías solo ese. Nunca todo otra vez.
Qué se recauda, cómo se distribuye, qué deducciones tiene y qué obligaciones adquieres. Antes de firmar nada.
Con firma electrónica. Ten a mano tu documento de identidad: al final te pedirá una foto por ambas caras.
Con tu repertorio se define si entras como socio de pleno derecho o adherido.
Comprueba que todo esté completo y legible y, sobre todo, que quien aparece en la prueba de video seas tú.
En sesión. Ese día es el que queda como tu fecha de afiliación, y es el que se imprime en tu certificado.
Qué se necesita
Una foto de frente, con la cara despejada. Es la que queda en tu expediente.
JPGLas dos caras en una sola página. Cédula, cédula de extranjería o pasaporte.
PDFSolo la primera página, actualizado según tu régimen. Si vives fuera de Colombia, el equivalente del país donde resides.
PDFTu trayectoria como actor. El repertorio va aparte, en el siguiente punto.
PDFCada producción con el personaje que interpretaste. Una producción sin personaje no es válida. En los unitarios, el nombre de la historia.
Se llena aquí mismoUna escena de una producción emitida públicamente donde tengas intervención con parlamento. Entre uno y cuatro minutos.
Se entrega como enlaceA tu nombre como persona natural, no de una empresa. Si es una cuenta del exterior, incluye el código SWIFT y la dirección del domicilio.
PDFDe la empresa que acredita tu trabajo como actor de doblaje.
PDF · solo si aplicaLa comunicación donde solicitas expresamente tu renuncia. La exige la Decisión Andina 351/93, artículo 45, literal k).
PDF · solo si aplicaDudas frecuentes
No. La afiliación a Actores S.C.G es gratuita: no se cobra por hacerse socio ni por gestionar tus derechos. Lo que sí existe son las deducciones sobre lo que se recauda a tu nombre —un 10% para los programas de Bienestar Social y hasta un 20% de gastos administrativos, que es el tope que fijan los estatutos—, y esas salen de lo que ya se recaudó, nunca de tu bolsillo. Cómo se administra ese dinero está contado entero en Administramos.
El área de Socios revisa tu solicitud en máximo 3 días hábiles desde que la mandas completa. Lo que viene después —la inducción, la firma, el Comité de Vigilancia y el Consejo Directivo— depende de cuándo sesionan esos órganos, así que no lo prometemos en días; lo que sí hacemos es que veas en todo momento en qué etapa vas.
Una escena de una producción audiovisual que se haya emitido públicamente, en la que tengas intervención con parlamento. Se recomienda entre uno y cuatro minutos, para que se pueda valorar el contexto de la interpretación. Se entrega como enlace; asegúrate de que se pueda abrir sin pedir permiso, porque si no, no podremos verla. La revisan el Comité de Vigilancia —para comprobar que eres tú— y el Consejo Directivo —para comprobar que la producción se emitió—.
Porque el repertorio es lo que se contrasta para determinar si entras como socio de pleno derecho o adherido. Una producción sin el personaje que interpretaste no se puede contrastar contra nada, y por eso no es válida. En los unitarios va el nombre de la historia.
La fija el estatuto y depende del recaudo histórico que la Sociedad haya individualizado a tu nombre: pleno derecho a partir de dos s.m.m.l.v. por cada 40.600 s.m.m.l.v. recaudados, y adherido por debajo de eso. No lo decides tú ni lo decidimos en el formulario: lo determina el área de Reclamaciones con tu repertorio en la mano.
No. La solicitud se guarda desde que la abres y vuelves con tu documento y tu fecha de nacimiento cuando quieras. Solo cuando esté completa se manda al área.
No. Se revisa documento por documento: verás cuál se devolvió y con qué motivo, y solo tendrás que reenviar ese. Lo que ya quedó conforme se queda como está, y los vistos buenos que ya te habían dado no se pierden.
Puedes afiliarte como heredero. El contrato de mandato lo contempla: los herederos se vinculan como socios adheridos y firman su propio contrato. Te pediremos además los datos de la persona de quien heredas, con su fecha y lugar de defunción.
¿Te quedó una que no está aquí?
Escríbenos a socios@actores.org.co