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Beneficios asistenciales ordinarios

Subsidio de paternidad

Beneficio económico para los socios adheridos que reconozcan la paternidad del recién nacido.

Condiciones

  • Se otorgará hasta por dos (2) meses consecutivos.
  • El socio podrá solicitar el beneficio por una única vez.
  • El socio podrá solicitarlo entre el nacimiento y hasta los 6 meses de nacido del menor.
  • El monto establecido corresponde al 30% de 1 SMLMV mensual.

Cuánto es

0.3 SMLMV como tope $487.050 con el salario de hoy

30% de 1 SMLMV mensual.

Requisitos

Esto es lo que hay que presentar. Los formatos los entrega el área de Bienestar Social y se descargan desde aquí.

  • Formato de solicitud diligenciado y firmado
  • Registro civil de nacimiento en donde conste la condición de padre por parte del socio
  • Historia laboral del fondo de pensiones expedida en el último mes, en la que indique las semanas cotizadas Únicamente para socios mayores de 25 años

Cómo se pide

  1. Entra a tu cuenta de socio y abre la sección de Bienestar.
  2. Reúne los documentos de la lista y diligencia el formato de solicitud.
  3. Radícala. Bienestar Social revisa los soportes y puede devolvértela si falta alguno.
  4. El Comité Asistencial estudia el caso y decide; el Consejo Directivo ratifica.
  5. La respuesta te llega a tu cuenta, con el detalle de lo aprobado.

La letra pequeña. El otorgamiento de cualquier ayuda del Plan General Asistencial está sujeto a la disponibilidad presupuestal y a la decisión del Comité Asistencial: ninguna ayuda asistencial es un derecho adquirido. Lo que aquí se resume es el plan 2026 y puede cambiar cuando la Asamblea apruebe el siguiente.

¿Seguro?