Condiciones
- Ser socio de pleno derecho, a excepción de los socios adheridos que hayan sido seleccionados en las convocatorias de la Sociedad y soliciten apoyo para el cortometraje ganador.
- Se podrá solicitar por una única vez por producción audiovisual.
- Para la solicitud no se tendrá en cuenta el recaudo acumulado ni la cantidad de beneficios solicitados al área de Bienestar Social.
- El valor del beneficio será de hasta 6 SMLMV, que podrán pagarse al prestador del servicio o al socio a manera de reembolso, según lo determine el Comité Asistencial.
- El Comité Asistencial valorará los elementos en su conjunto para tomar una decisión.
- Las condiciones específicas de acceso, selección y valores para la creación de contenidos serán definidas en la convocatoria anual que establezca el Consejo Directivo.
Cuánto es
6
SMLMV como tope
$9.741.000 con el salario de hoy
Hasta 6 SMLMV, pagados al prestador del servicio o al socio a manera de reembolso, según lo determine el Comité Asistencial.
Requisitos
Esto es lo que hay que presentar. Los formatos los entrega el área de Bienestar Social y se descargan desde aquí.
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Formato de solicitud diligenciado y firmado
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Carta de invitación al festival o documento que justifique la solicitud
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Cotización del producto o servicio para el cual necesita el apoyo
Cómo se pide
- Entra a tu cuenta de socio y abre la sección de Bienestar.
- Reúne los documentos de la lista y diligencia el formato de solicitud.
- Radícala. Bienestar Social revisa los soportes y puede devolvértela si falta alguno.
- El Comité Asistencial estudia el caso y decide; el Consejo Directivo ratifica.
- La respuesta te llega a tu cuenta, con el detalle de lo aprobado.
La letra pequeña. El otorgamiento de cualquier ayuda del Plan General Asistencial está sujeto a la
disponibilidad presupuestal y a la decisión del Comité Asistencial: ninguna ayuda asistencial es un
derecho adquirido. Lo que aquí se resume es el plan 2026 y puede cambiar cuando la
Asamblea apruebe el siguiente.