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Beneficios asistenciales ordinarios

EPS para socios en edad pensional (SEPs)

Aportes a la EPS de los socios en edad pensional: mujeres mayores de 57 años y hombres mayores de 62.

Condiciones

  • Se otorgará hasta por doce (12) meses dentro del año calendario.
  • Se otorgará como complemento al Hogar Asistido.
  • El solicitante debe estar afiliado y al día con los pagos de la EPS.
  • No se realizarán aportes a la seguridad social de ninguna persona jurídica.
  • No se realizarán aportes a la seguridad social a los socios que se encuentren como beneficiarios o en el régimen subsidiado de salud (SISBEN).

Cuánto es

El Ingreso Base de Cotización (IBC) será de un (1) SMLMV.

Requisitos

Esto es lo que hay que presentar. Los formatos los entrega el área de Bienestar Social y se descargan desde aquí.

  • Formato de solicitud diligenciado y firmado
  • Declaración de responsabilidad del pago a la seguridad social
  • Certificado de afiliación de la EPS expedido en el último mes
  • Última planilla pagada a la EPS que acredite estar al día con los pagos

Cómo se pide

  1. Entra a tu cuenta de socio y abre la sección de Bienestar.
  2. Reúne los documentos de la lista y diligencia el formato de solicitud.
  3. Radícala. Bienestar Social revisa los soportes y puede devolvértela si falta alguno.
  4. El Comité Asistencial estudia el caso y decide; el Consejo Directivo ratifica.
  5. La respuesta te llega a tu cuenta, con el detalle de lo aprobado.

La letra pequeña. El otorgamiento de cualquier ayuda del Plan General Asistencial está sujeto a la disponibilidad presupuestal y a la decisión del Comité Asistencial: ninguna ayuda asistencial es un derecho adquirido. Lo que aquí se resume es el plan 2026 y puede cambiar cuando la Asamblea apruebe el siguiente.

¿Seguro?