Condiciones
- Cada año calendario el socio podrá solicitar hasta un (1) SMLMV.
- Para educación formal relacionada con formación actoral, el monto establecido será de hasta dos (2) SMLMV.
- El socio debe pagar mínimo el 10% del valor del estudio que tome.
- El pago se desembolsará una vez el socio haya cancelado el valor restante y lo acredite con el comprobante de pago, en un plazo de 30 días calendario después de aprobado el subsidio.
- El socio podrá solicitar el beneficio a manera de reembolso presentando la factura no mayor a treinta (30) días hábiles después de pagado el servicio.
- Si el beneficio se otorgó por un valor inferior a un (1) SMLMV dentro del año calendario, el socio podrá volver a solicitarlo por el valor restante.
- Si el estudio se toma fuera del país, el socio deberá acreditar dentro de los siguientes dos (2) meses haber realizado el pago y aportar el certificado de culminación, requisito indispensable para el reembolso.
- El socio debe informar por escrito si el estudio no se lleva a cabo; podrá acceder nuevamente una vez se haya hecho el reembolso.
- Este beneficio aplica para los procesos de formación que realizan terceros y que no están financiados por ACTORES S.C.G.
Cuánto es
1
SMLMV como tope
$1.623.500 con el salario de hoy
Hasta un (1) SMLMV al año; hasta dos (2) SMLMV para educación formal relacionada con formación actoral. El socio paga mínimo el 10%.
Requisitos
Esto es lo que hay que presentar. Los formatos los entrega el área de Bienestar Social y se descargan desde aquí.
-
Formato de solicitud diligenciado y firmado
-
Certificado de inscripción al estudio actoral que indique las fechas y el valor total
-
Factura o documento equivalente emitido por el prestador del servicio, a nombre del socio y con el valor a pagar
-
Comprobante del 10% restante pagado por el socio
Se presenta después de la aprobación del subsidio
-
RUT actualizado del prestador del servicio
-
Certificado de cuenta bancaria del prestador del servicio
-
Historia laboral del fondo de pensiones expedida en el último mes, en la que indique las semanas cotizadas
Únicamente para socios mayores de 25 años
Cómo se pide
- Entra a tu cuenta de socio y abre la sección de Bienestar.
- Reúne los documentos de la lista y diligencia el formato de solicitud.
- Radícala. Bienestar Social revisa los soportes y puede devolvértela si falta alguno.
- El Comité Asistencial estudia el caso y decide; el Consejo Directivo ratifica.
- La respuesta te llega a tu cuenta, con el detalle de lo aprobado.
La letra pequeña. El otorgamiento de cualquier ayuda del Plan General Asistencial está sujeto a la
disponibilidad presupuestal y a la decisión del Comité Asistencial: ninguna ayuda asistencial es un
derecho adquirido. Lo que aquí se resume es el plan 2026 y puede cambiar cuando la
Asamblea apruebe el siguiente.