Condiciones
- Se concederá máximo una (1) vez, en un período de tres (3) años, contados a partir de la fecha del último desembolso.
- El beneficio no se otorgará cuando el concepto sea solamente para pagos de intereses.
- Para arriendo, administración, cuotas de crédito o remodelaciones: hasta un (1) SMLMV para baja participación, dos (2) para media y tres (3) para fundadores y alta.
- Para compra de vivienda, el monto establecido será de hasta 5 SMLMV.
- Para arriendo, administración o cuotas de crédito, el beneficio se paga directamente al prestador del servicio.
- Para remodelación, el beneficio se podrá pagar directamente al prestador o a manera de reembolso.
- Para compra de vivienda, el beneficio se otorgará a manera de reembolso.
Monto según tu participación
1
Baja participación
SMLMV · $1.623.500
2
Media participación
SMLMV · $3.247.000
3
Alta o fundador
SMLMV · $4.870.500
Tu categoría la define tu participación en obras y tu recaudo acumulado.
Para compra de vivienda, hasta 5 SMLMV con independencia de la categoría.
Requisitos
Esto es lo que hay que presentar. Los formatos los entrega el área de Bienestar Social y se descargan desde aquí.
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Concepto de la solicitud
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Formato de solicitud diligenciado y firmado
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Cuenta de cobro o factura que especifique el concepto y el valor de la deuda
Solo si aplica a tu caso.
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RUT actualizado de la persona natural o jurídica a quien se le pagará el servicio
Solo si aplica a tu caso.
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Certificado bancario de la persona natural o jurídica a quien se le pagará el servicio
Solo si aplica a tu caso.
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Contrato de arrendamiento firmado por ambas partes
Solo por concepto de arrendamiento
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Certificado de tradición y libertad que acredite al socio como propietario de la vivienda
Solo si aplica a tu caso.
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Cuenta de cobro o factura que especifique el concepto y el valor del producto o servicio
Solo para pago directo al prestador
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RUT actualizado de la persona natural o jurídica a quien se le pagará el servicio
Solo para pago directo al prestador
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Certificado bancario de la persona natural o jurídica a quien se le pagará el servicio
Solo para pago directo al prestador
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Certificado de tradición y libertad no mayor a 30 días calendario, donde conste la compra de la vivienda en un periodo no mayor a 6 meses
Solo si aplica a tu caso.
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La documentación que la trabajadora social considere pertinente para el estudio de la solicitud
Lo gestiona el área, no lo consigues tú.
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Historia laboral del fondo de pensiones expedida en el último mes, en la que indique las semanas cotizadas
Únicamente para socios mayores de 25 años
Cómo se pide
- Entra a tu cuenta de socio y abre la sección de Bienestar.
- Reúne los documentos de la lista y diligencia el formato de solicitud.
- Radícala. Bienestar Social revisa los soportes y puede devolvértela si falta alguno.
- El Comité Asistencial estudia el caso y decide; el Consejo Directivo ratifica.
- La respuesta te llega a tu cuenta, con el detalle de lo aprobado.
La letra pequeña. El otorgamiento de cualquier ayuda del Plan General Asistencial está sujeto a la
disponibilidad presupuestal y a la decisión del Comité Asistencial: ninguna ayuda asistencial es un
derecho adquirido. Lo que aquí se resume es el plan 2026 y puede cambiar cuando la
Asamblea apruebe el siguiente.