Condiciones
- Se otorgará una vez al año calendario para máximo tres (3) hijos, con edades entre los dos (2) y los veinticinco (25) años.
- El beneficio será del 35% de un SMLMV para socios de baja participación y 50% para media. Para alta participación y fundadores, un (1) SMLMV.
- Se otorgará a manera de reembolso.
- El socio deberá presentar la factura en un plazo máximo de 30 días hábiles después de realizado el pago.
- El soporte de pago no servirá para gestionar más de una solicitud.
Monto según tu participación
0.35
Baja participación
SMLMV · $568.225
0.5
Media participación
SMLMV · $811.750
1
Alta o fundador
SMLMV · $1.623.500
Tu categoría la define tu participación en obras y tu recaudo acumulado.
Para máximo tres (3) hijos, con edades entre los 2 y los 25 años. Se otorga a manera de reembolso.
Requisitos
Esto es lo que hay que presentar. Los formatos los entrega el área de Bienestar Social y se descargan desde aquí.
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Formato de solicitud diligenciado y firmado
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Registro civil del hijo
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Certificado de vinculación a una entidad educativa
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Factura pagada no mayor a 30 días hábiles
-
Historia laboral del fondo de pensiones expedida en el último mes, en la que indique las semanas cotizadas
Únicamente para socios mayores de 25 años
Cómo se pide
- Entra a tu cuenta de socio y abre la sección de Bienestar.
- Reúne los documentos de la lista y diligencia el formato de solicitud.
- Radícala. Bienestar Social revisa los soportes y puede devolvértela si falta alguno.
- El Comité Asistencial estudia el caso y decide; el Consejo Directivo ratifica.
- La respuesta te llega a tu cuenta, con el detalle de lo aprobado.
La letra pequeña. El otorgamiento de cualquier ayuda del Plan General Asistencial está sujeto a la
disponibilidad presupuestal y a la decisión del Comité Asistencial: ninguna ayuda asistencial es un
derecho adquirido. Lo que aquí se resume es el plan 2026 y puede cambiar cuando la
Asamblea apruebe el siguiente.